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Las elecciones se convocan mediante Decreto del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

El Decreto de convocatoria fijará el día de la votación y la fecha de la sesión constitutiva de las Cortes, que tendrá lugar dentro de los veinticinco días siguientes al de la celebración de las elecciones.

Los Decretos de convocatoria de elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha se publicarán en el "Diario Oficial de Castilla-La Mancha" el día siguiente al de su expedición, y entran en vigor el mismo día de su publicación.

El texto del Decreto de convocatoria se difundirá en los medios de comunicación social de la Región.

Más información:

Artículo 19 de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha.